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¿Puedo tramitar las denuncias yo mismo?

La ley no prescribe quién debe tramitar la denuncia, pero sí que esa persona debe actuar con imparcialidad. Este artículo muestra cuándo es práctico hacerlo internamente y cuándo es más rentable externalizar.

Puede tramitar las denuncias usted mismo. La normativa no exige recurrir a terceros; sí exige que la persona que tramite la denuncia pueda actuar con imparcialidad y no tenga conflicto de intereses con la denuncia o las partes implicadas. Quién sea en concreto lo decide el empresario: un miembro de la dirección, un responsable de recursos humanos, un responsable de cumplimiento normativo, o un tramitador externo.

La pregunta práctica no es si está permitido, sino si en su organización es posible hacerlo sin comprometer la imparcialidad. En una empresa de cincuenta empleados, la dirección conoce a casi todos personalmente, y eso dificulta a veces el trato imparcial, especialmente cuando la denuncia se refiere a un compañero o a la propia dirección. Esta evaluación determina en la práctica si es sensato tramitar internamente.

Lo que la ley regula y lo que no

La normativa establece requisitos para el proceso: debe existir un canal, debe enviarse una confirmación de recepción, y dentro del plazo establecido debe comunicarse qué se ha hecho con la denuncia. Respecto a la persona del tramitador, hay una cosa clara: esa persona no puede participar en la decisión de un asunto en el que ella misma juega un papel, y el denunciante debe poder confiar en que la denuncia se trata cuidadosamente y de manera confidencial.

Esto significa que el propietario-director de una pequeña empresa en teoría puede ser tramitador, pero se complica si la denuncia es sobre él mismo, sobre un familiar, o sobre alguien con quien trabaja estrechamente. En estos casos surge la pregunta de si la imparcialidad sigue siendo creíble. Quién puede tramitar y cómo se garantiza esa independencia se describe con más detalle en la base de conocimientos sobre tramitación imparcial.

Lo que significa tramitar internamente en la práctica

Cuando usted tramita, hay más de lo que parece. Debe confirmar la recepción oportunamente, registrar la denuncia confidencialmente, hacer que se realice o realizar usted mismo una investigación, informar al denunciante dentro del plazo legal sobre el estado de la cuestión, y documentar todo de manera que pueda demostrar posteriormente que se ha seguido el procedimiento. Esto requiere tiempo y conocimiento sobre qué está permitido y qué no durante una investigación, por ejemplo sobre la protección de la identidad del denunciante.

Para una pequeña o mediana empresa sin departamento de cumplimiento normativo separado, este suele ser el primer obstáculo: no la falta de voluntad de hacerlo bien, sino el tiempo para seguir haciéndolo junto con el trabajo habitual, especialmente si la denuncia se alarga más de unas pocas semanas. Un canal alojado con un entorno de tramitación le quita de encima la parte procedimentaria — los plazos avanzan automáticamente y el registro está centralizado — mientras que la evaluación sustantiva sigue siendo responsabilidad del empresario, como también prescribe la ley.

Cuándo es más rentable externalizar

Externalizar tiene sentido cuando la organización es demasiado pequeña para designar un tramitador imparcial internamente, cuando las denuncias suelen referirse a directivos, o cuando simplemente no hay nadie que tenga tiempo para seguir un caso cuidadosamente hasta el cierre. También en una primera denuncia, cuando nadie en la organización tiene aún experiencia con el proceso, un tramitador externo o un procedimiento claro pueden resolver muchas incertidumbres.

Externalizar no tiene que ser de todo o nada: algunos empresarios hacen que el canal y el procedimiento se faciliten externamente, mientras que la evaluación sustantiva corre a cargo de una persona designada internamente. Otros también hacen que la investigación la realice un tercero, por ejemplo si la denuncia afecta a los órganos de dirección de la organización. La forma que se ajuste depende del tamaño de la organización y de cuántas denuncias se esperan.

Cómo hacer concreta esta evaluación

La pregunta fundamental es siempre: ¿puede el responsable designado ser imparcial ante cada comunicación, y hay tiempo y conocimientos suficientes para cumplir seriamente los plazos legales y el registro? Si la respuesta a alguna de estas cuestiones es dudosa, la externalización del canal, el procedimiento o el tratamiento en sí es una opción real, sin que esto signifique que pierda el control sobre el resultado.

¿Desea ver primero cómo está su organización en este aspecto? Con la comprobación gratuita en unas pocas preguntas obtiene una indicación sobre si la obligación le aplica y qué debe establecer, y en la descripción general de cómo funciona la plataforma verá cómo la facilitación y el tratamiento en signalo.eu se mantienen separados.

Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico.