una denuncia se refiere a las acciones del director, ¿quién la trata entonces
En una comunicación sobre el director, otra persona gestiona el asunto
Una comunicación sobre la conducta del director no va dirigida al director, ni siquiera si normalmente es la persona designada para tratarla. El procedimiento interno de comunicación debe prever una persona o departamento imparcial que dé seguimiento a las comunicaciones, y esa imparcialidad es precisamente la razón por la que una comunicación sobre el liderazgo directo sigue un camino diferente. En la práctica, esto significa que la función de responsable del tratamiento recae entonces en otra persona de la organización, o en una parte externa designada para este tipo de situaciones — por ejemplo, un comisario, un miembro del órgano de vigilancia, un funcionario de cumplimiento que no dependa del director, o una persona de confianza externa. Quién es exactamente eso depende de cómo la organización lo haya establecido con antelación; el punto es que debe haber alguien fuera de la línea directa del director para recibir y tratar la comunicación.
Que otro responsable del tratamiento se haga cargo del asunto no cambia los plazos legales: la confirmación de recepción y la retroalimentación sobre la evaluación se mantienen en marcha, independientemente de quién trate finalmente la comunicación. La protección del denunciante también se mantiene íntegramente, lo que en una comunicación sobre el director a menudo es aún más importante porque la relación de poder dentro de la organización es más desigual. Quién quiera saber más sobre qué debe ocurrir inmediatamente después de la llegada de una comunicación, lo encontrará en qué hacer cuando se recibe una comunicación de denunciante, y la cuestión de qué cuenta como represalia — algo que en una comunicación sobre el propio director cobra especial relevancia — se describe en la página sobre represalias contra el denunciante.
De dónde viene esto: imparcialidad y confidencialidad
El artículo 9 de la Directiva (UE) 2019/1937 establece que el procedimiento interno de comunicación debe ser tratado por una persona o departamento imparcial, que es la base para encaminar una comunicación sobre el director a otro responsable del tratamiento. El artículo 2 de la Ley de protección de denunciantes traduce el requisito de un procedimiento interno de comunicación a la ley holandesa, y el artículo 16 de la Directiva regula la obligación de confidencialidad respecto a la identidad del denunciante, que también se aplica íntegramente en una comunicación sobre el propio liderazgo.
En qué se basa
- Artículo 9 Directiva (UE) 2019/1937 — la persona u órgano imparcial que realiza el seguimiento
- Artículo 2 Ley de Protección de Denunciantes — el procedimiento interno de denuncia
- Artículo 16 Directiva (UE) 2019/1937 — la obligación de confidencialidad respecto a la identidad del denunciante
- Ley de protección de denunciantes
La normativa en sí está en EUR-Lex. Nos referimos a cada afirmación; no tiene que creernos.
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